VIDEOS

CONOCENOS

DOCUMENTOS

PRENSA

jueves, 4 de diciembre de 2014

Información y recomendaciones para exigir la efectividad de la Ley Trans de Andalucía

Ley de Transexualidad Andaluza, ya en vigor desde el 19 de Julio, de su aplicación y del obligado cumplimiento de la misma.


INFORMACIÓN SOBRE LOS CONTENIDOS MÁS IMPORTANTES DEL TEXTO DE LA LEY:

La libre autodeterminación del género de cada persona ha de ser afirmada como un derecho humano fundamental”. (Exposición de Motivos I)

“Tener derecho a un trato igual a las demás personas en todos los ámbitos, sin que en ningún caso sea discriminatorio”  (Exposición de Motivos II c)

“…completa despatologización, esto es, se abandona la consideración de la transexualidad como una enfermedad a la que se intenta dar una solución jurídica por no existir “curación para ella, y por tanto, el ejercicio del derecho se desvincula de la necesidad de aportar diagnósticos médicos previos” (Exposición de Motivos II)

“…incorporar la aplicación de la investigación y evidencias científicas al ámbito clínico y descentralizar la atención a las personas, disminuyendo los desplazamientos e intensificando la humanización de la asistencia” (Exposición de Motivos III)

“…acceso a la cartera de servicios existentes (endocrinología, cirugías…) y con tratamiento acorde a si identidad de género y consentimiento informado. (Exposición de Motivos III)

“A recibir una atención integral y adecuada a sus necesidades sociales, sanitarias, jurídicas, laborales y educativas, entre otras, en igualdad efectiva de condiciones y sin discriminación con el resto de la ciudadanía”  (Capítulo I Artículo 2.-1)

Al reconocimiento de su identidad de género, libremente determinada” (Capítulo I Articulo 2,.2)

“La presente Ley será de aplicación, con carácter general, a todas las personas con residencia efectiva en Andalucía que manifiesten una identidad de género distinta a la asignada al nacer” (Capítulo I Artículo 4.-1)

“Toda norma, reglamentación, procedimiento o actuación de las Administraciones, deberán respetar el derecho humano a la autodeterminación de la identidad de género y no podrán limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio del derecho a la libre autodeterminación del género de las personas, debiendo interpretarse y aplicarse las normas siempre a favor del libre y pleno ejercicio de ese derecho” (Capítulo I Artículo 5.1)

Ninguna persona será obligada a someterse a tratamiento médico o examen psicológico que coarte su libertad de autodeterminación de género” (Capítulo I Artículo 5.2)

Estos derechos ya están en vigor y son de obligado cumplimiento, por lo que desde la Asociación de Transexuales de Andalucía, os informamos y animamos hacer uso de estos derechos.

COMO ACTUAR:

Ir a los médicos de familias y solicitar la derivación al endocrino, si se quiere tratamiento hormonal, o en su caso a cirugía general, si lo que se desea son intervenciones quirúrgicas (mastectomia, histerectomía, reconstrucción genital).

La negación de estos servicios supone una vulneración de la Ley.

Ante cualquier negación de de los servicios solicitados, trato vejatorio, podéis enviarnos al correo: asociación@atandalucia.org el MODELO DE QUEJA que debéis presentar en el Centro Sanitario objeto de la reclamación. El proceso es el siguiente: rellenáis el impreso  por duplicado y nos enviáis la copia sellada por el centro.

ATA-Sylvia Rivera, dará traslado de los hechos reclamados al Servicio Andaluz de Salud.


TENEMOS UN MARCO JURÍDICO DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO, HAGÁMOSLO REAL Y EFECTIVO. ¡¡
  
Tu denuncia o queja hará que la ley se cumpla ¡¡ 



1 comentario:

Anónimo dijo...

cordial saludo

buenas tardes desde Colombia
ciudad Calí (valle del Cauca)

primero dar gracias por la información brindada en la pagina en mi país, no se si permitan estos tramites. la verdad es que al leer todo lo que en el país de usted se puede hacer se me vienen las grimas, yo en este momento en hormonas auto medicada por que a pesar de que mi seguro de salud me aprobó la visita con endocrino logia . ella me dijo que no me podía mandar hormonas. asiendo discriminatorio por mi condición de trans sexualidad. mi pregunta es saber si en su país yo me puedo operar con los beneficio leídos o solo son para persona nacidas en su país....



espero respuesta pronta la verdad mi felicidad depende de eso algunas veces e pensado en el suicidio pero pues a hora que veo su pagina siento que puedo tener alguna clase de esperanza solo quiero hacer me la intervención de cambio de sexo para poder llegar a tener una vida plena


Gracias desde colombia