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lunes, 6 de marzo de 2017

Libertad de expresión o delito de odio


Cuando las entidades, las y los activistas trans denunciamos o actuamos ante una acción pública, por la publicación de un libro o un artículo en particular, por considerar que menoscaban derechos, nos deshumanizan, niegan nuestras legítimas identidades y/o nos perpetuán en la discriminación, inevitablemente aparecen afirmaciones diciendo que tales denuncias  amenazan la “libertad de expresión” y que constituyen “censura.”

Recientemente hemos asistido a actos de odio y transfobia contra las personas trans. Hace un mes en páginas de faceboock supuestamente “feministas” y anti patriarcales, se vertían comentarios y afirmaciones que no solo cuestionaban la identidad de las mujeres trans, negándoles derechos en equidad con las mujeres cis, sino que se les consideraban “potencialmente violadores” por haber nacido con pene, en consecuencia se pedía la exclusión de mujeres trans de los espacios de mujeres. Las razones en defensa de tales declaraciones transfóbicas se justificaban desde el discurso psicomédico de la transexualidad y desde el esencialismo biogenital, que no se sostienen por carecer de objetividad científica y empírica.

Hace unos días el vergonzoso “Bus Transfóbico”, que respondía a una campaña de la entidad Hazte Oir, que mediante un slogan rotulado en el bus  aseveraba: “los niños tienen pene”, “las niñas tienen vulva”; negando la diversidad de identidades, la dignidad e imagen de las personas trans, cebándose con alevosía contra la infancia y la juventud.

Los voceros de hazte oir, nos han tachado reiteradamente de “inquisición gay”, “lobby gay”, “ideología del género”… Cuando hacen estas afirmaciones parecen utilizar el espejo del absolutismo donde se miran. Ejerciendo la doble agresión –primero te agredo, cuando te defiendes lo niego y te vuelvo agredir-. Gente convencida de estar en posesión de la verdad absoluta, apelando a una tendenciosa interpretación de la libertad de expresión.

Que los “absolutistas de la libertad de expresión” estén convencidos de su “verdad” absoluta, no es casual, lo lamentable es escuchar a intelectuales, periodistas, “feministas” y gente “progresista”, que condenan los hechos, pero antagónicamente en un acto de malabarismo teórico ejercido desde el supremaCismo, defienden el mal uso de la libertad de expresión. Personas que en otras situaciones, como arremeter contra las mujeres, negros, inmigrantes, gays, lesbianas… tendrían claro donde están los límites de esta libertad de expresión, si es con las personas trans introducen en el debate la “duda”.

El discurso de odio y otros actos del lenguaje diseñados para hostigar, intimidar y menoscabar derechos, se usan rutinariamente para coartar otras libertades como, la dignidad, identidad, honor e imagen. Los absolutistas de la libertad de expresión tienden a no considerar o apreciar plenamente esto, probablemente porque la mayoría de ellos nunca se han sentido silenciados por el odio y la intolerancia sistemática.

La Constitución española en el título primero, sobre los derechos y deberes fundamentales, en su artículo 20,  garantiza: “A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. Estableciendo como límites también derechos fundamentales, así expresamente en el mismo artículo 20, punto 4, dice: “Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia”.

Por tanto se desprende de la propia constitución que la libertad de expresión no puede ser utilizada para menoscabar derechos y/o difundir odio contra las personas, destacando la infancia y la juventud.


Los derechos, la dignidad, el honor, la identidad y la intimidad de las personas trans, no han de ser objeto de debate. 

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