Las personas son
dueñas de sus propias vidas y por lo tanto se debe respetar la Ley de autonomía
del paciente, el derecho a ser informadas y a decidir libremente sobre
cualquier tratamiento, intervención o itinerario médico-quirúrgico que les
afecte.
El pasado día 14 de
septiembre, el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, publicó un Comunicado
sobre transexualidad que suponemos pretendía demostrar un avance en los posicionamientos
oficiales al respecto y lo habría sido hace unos años que no existían leyes
como la de Malta, la de Andalucía o la de Extremadura. Tras una lectura atenta
no podemos sino compartir nuestra decepción e indignación. Los colectivos
formados por personas transexuales y por familias que conviven diariamente y
representan a niñas, niños y adolescentes transexuales, vemos en este
comunicado como los profesionales de la psicología se vuelven a quedar cortos
en tiempo y forma, no recogiendo ni las peticiones del colectivo ni equiparando
realmente los derechos de las personas trans, emitiendo un comunicado con
demasiados restos de patologización y falta de rigor ético.
Es pura cosmética
decir que dejamos de considerar la
transexualidad una patología, para a continuación decir que se trata de una incongruencia
con el sexo biológico. Se sigue hablando de la transexualidad como si de un
error se tratase, dando por "bueno, apropiado y normal" una única
interrelación entre genitalidad e identidad, sólo porque hay una mayoría
estadística de personas que la cumplen. Se convierte lo "habitual"
en lo "normal" y de ahí en la "norma a cumplir". El
sexo biológico es el que cada uno tiene, sencillamente porque no hay seres
humanos biónicos. Por lo tanto, la única incongruencia existente es con el
sexo que se asigna al nacer (hecho que no tiene nada que ver con la propia
persona transexual sino con el sistema elegido para sexar).
Utilizar términos
altamente patologizantes como “Disforia de género” en sustitución a transexualidad,
vinculándolo a la infancia y adolescencia trans y, además, a sufrimiento y
malestar, siendo en la realidad, tanto la propia disforia como cualquier
sufrimiento, fruto de las presiones externas y de la falta de información
adecuada, tanto a las personas transexuales como a las familias y a los propios
niños y niñas, contribuye a la ignorancia y la continuidad del estigma y la
discriminación.
Las personas son
dueñas de sus propias vidas y por lo tanto se debe respetar la Ley de autonomía
del paciente, el derecho a ser informadas y a decidir libremente sobre
cualquier tratamiento, intervención o itinerario médico-quirúrgico que les
afecte sin ningún tipo de injerencia externa y eliminando la obligatoriedad de
valoración psicológica alguna. El Comunicado alude al derecho a la identidad de
género como un derecho humano, pero pronto se olvidan sus autores de ello,
volviendo al discurso paternalista de siempre, al condicionar los
tratamientos a la previa evaluación psicológica. En efecto, el derecho a la
identidad de género es un derecho fundamental, manifestación del derecho a la
dignidad de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad,
y como tal sólo se verificará si se basa en el sexo sentido como propio,
conforme al principio de libre autodeterminación. Por ello mismo, los
tratamientos a que deseen someterse las personas transexuales, únicamente deben
estar condicionados al consentimiento informado emitido por el usuario o sus
representantes, en las mismas condiciones que el resto de los usuarios del
sistema sanitario. Lo contrario es seguir estigmatizando a este colectivo de
personas, desconfiando de ellas y discriminándolas, por el sólo hecho de que el
sexo que se les asignó al nacer no corresponde con su identidad sexual, optando
además por seguir segregándolas en “unidades multidisciplinares”. Para
que las personas transexuales sean atendidas por un profesional con formación
en la materia no es preciso que existan esas unidades, ni es algo que deba
estar reservado a unos pocos como pretenden quienes las componen actualmente, ya
que los tratamientos coinciden con los de usuarios cisexuales* del sistema de
salud. Las y los profesionales sanitarios que
atienden y acompañan a las personas transexuales no requieren de conocimientos
específicos más allá de los incluidos en sus propias disciplinas, es decir, un
médico endocrinólogo debe conocer los tratamientos con hormonas y sus efectos
al igual que un psicólogo debe poder acompañar cualquier situación de stress
producida por el tránsito o la presión (buylling, acoso) del mismo modo que
acompañaría una situación similar en una persona cisexual. Por lo tanto,
pretender justificar la existencia de las unidades como únicas capacitadas para
acompañar los tránsitos sociales de las personas transexuales es tratar de
dirigir el pensamiento colectivo hacia modelos psicosociosanitarios que no se
corresponden con el sentir de las propias personas transexuales, de sus
familias y es contrario a sus derechos.
Como en anteriores
publicaciones de este tipo, una vez más, se hace referencia a los datos de
persistencia en la edad adulta -de dudosa objetividad científica- como medida
encubierta de control para el acceso a tratamientos hormonales en las personas
menores de edad, justificando así la obligatoriedad de pasar por valoración
psicológica, promoviendo de este modo una discriminación clara con respecto al
resto de niñas y niños que tienen la opción de desarrollarse libremente en
atención a su propia identidad sin necesidad de examen psicológico alguno. “No
hace tanto tiempo, que se justificaba la intervención en las personas del
colectivo LGB con los mismos argumentos, aunque parece que parte de este colectivo
tiene una memoria frágil y ahora aplaude lo que en ningún caso consentirían
para ellas y ellos”.
Siendo conscientes
de que la salud de cualquier persona no solo consiste en la ausencia de
enfermedad sino que incluye el bien estar físico, psíquico y social,
consideramos que la medicina, la psicología y cualquier otro tipo de disciplina
socio-sanitaria debe enfocarse en colaborar, proteger y acompañar, desde el respeto absoluto,
dejando a un lado prejuicios, dilemas morales, políticos, culturales o de cualquier
otra índole.
La historia
reciente nos demuestra como el colectivo de personas transexuales han sido
sometidas al maltrato físico y psíquico por aquellos que se autodenominan
expertos, no vamos a permitir que prevalezca la vanidad de algunos
profesionales al interés del colectivo. La obtención de atención sanitaria debe
ajustarse a las necesidades de los usuarios, en vez de a las estructuras
laborales de los profesionales.
*Cisexual: dícese
de aquella persona cuya sexación neonatal coincide con el sexo sentido.
Plataforma estatal
Por los Derechos Trans #NadieSinIdentidad:
El Hombre Transexual,
Comunidad de Madrid, AET- Transexualía , Comunidad de Madrid, Generem,
Comunidad de Catalunya, ATC (Asociación de Transexuales de
Catalunya-Libertad, Comunidad de Catalunya, Visión Trans, Comunidad de
Aragón, Aperttura, Comunidad de Canarias, Asociación de Transexuales
de Andalucía-Sylvia Rivera, Comunidad Andaluza, EmpoderaT, Comunidad
de Murcia, Asociación de Familias de Menores Transexuales (Chrysallis),