El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado al Estado francés por condicionar el reconocimiento legal de la identidad de género a la realización de una intervención quirúrgica o a un tratamiento esterilizador. Aunque recientemente Francia ha modificado su legislación en lo referente al reconocimiento legal de la identidad de género y ya no exige estos procedimientos, la sentencia supone un espaldarazo a los derechos trans en Europa.
Durante décadas, numerosos países han obligado a las personas transexuales a someterse a procedimientos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva como requisito previo a ver reconocida legalmente su identidad de género. De hecho, según un informe de Transgender Europe de noviembre de 2016, 21 estados europeos siguen haciéndolo. La mayoría del Este de Europa, pero también hay algunos occidentales, como Bélgica o Finlandia. Suecia, por ejemplo, no eliminó hasta 2013 este requisito. De hecho, no fue hasta 2014 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) condenó esta práctica y pidió que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas.
En el caso francés, hasta muy recientemente no existía una legislación específica que regulase la modificación registral sin necesidad de someterse a cirugía: La decisión debía pasar forzosamente por las manos de los jueces, que de forma generalizada exigían este requisito. No fue hasta finales de 2016 que la Asamblea Nacional francesa aprobó una ley al respecto, que aunque sigue manteniendo la tutela judicial sobre la decisión de ver reconocida la identidad de género al menos eliminaba expresamente la necesidad de someterse a tratamiento previo.
Ahora, tras haber analizado de forma conjunta la demanda de tres mujeres transexuales francesas que en su momento acudieron por separado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el alto tribunal considera que la exigencia de someterse a este tipo de procedimiento viola el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho al respeto a la vida privada y familiar. Puedes descargar el comunicado de prensa que da los detalles de la sentencia aquí (en inglés). La sentencia íntegra la puedes descargar aquí (en francés).
Aunque la sentencia no reconoce todas y cada una de las peticiones de las demandantes francesas (por ejemplo, no condena a Francia por exigir la necesidad de un examen médico y psicológico previo, considerando que ello entra dentro de la capacidad discrecional de los estados) supone sin duda un enorme paso adelante para el reconocimiento global de los derechos trans. Y así ha sido celebrada por Transgender Europe, que la ha considerado “una victoria de las personas trans y de los derechos humanos en Europa”. En palabras de su directora ejecutiva, Julia Ehrt, “esta decisión pone fin al oscuro capítulo de la esterilización por mandato del estado en Europa”. Ehrt ha hecho también un llamamiento a que la veintena de estados europeos que aún exigen este requisito para reconocer legalmente la identidad de género modifiquen cuanto antes sus legislaciones.
Fuente: dosmanzanas
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