OcioGay / Diario Digital Transexual-. El texto asegura que "nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". En la parte de “orientación o identidad sexual” se habla por primera vez de forma específica de la identidad sexual, que se refiere a las personas transexuales. Eso afecta tanto a su relación con la Administración como entre particulares, ya sea la contratación por parte de una empresa o el alquiler/ venta de una casa, por citar sólo algunos ejemplos. Se contempla como discriminación directa: "La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga o comparable". Y como discriminación indirecta: "Cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras".
El texto, que pretende dotar a España con las "instituciones, instrumentos y técnicas jurídicas" más avanzadas de nuestro entorno, asegura que "el derecho a la igualdad y la no discriminación no puede ser abordado sólo como una cuestión de minorías a las que se debe reconocer y proteger sin sucumbir ante prejuicios ni estereotipos, mediante planes o actuaciones específicas para determinados grupos de población que requieren medidas determinadas. Es necesario ofrecer garantías del disfrute de los que son algunos de nuestros mayores éxitos como sociedad, como la lucha contra las enfermedades o el aumento de la esperanza de vida, garantizando el acceso en igualdad de condiciones a determinados bienes y servicios".
Existen tres tipos de infracciones: leves (irregularidades meramente formales), que acarrearán infracciones de 150 a 10.000 euros; graves (actos u omisiones que constituyan una discriminación, directa o indirecta, así como los que constituyan inducción, orden o instrucción de discriminar), penados con multas entre 10.000 y 60.000 euros; y muy graves (el acoso discriminatorio, es decir, "atentar contra la dignidad de una persona y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante, ofensivo o segregador), lo que implica sanciones de 60.001 a 500.000 euros.
Fuente: Diario Digital Transexual
No hay comentarios:
Publicar un comentario