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martes, 21 de julio de 2015

El Supremo italiano falla que no será preciso operarse de genitales para cambiar de género


Roma, EFE El Tribunal Supremo italiano dictaminó hoy que una persona transexual no deberá someterse a una operación de genitales para modificar el género en su documentación personal o en los registros sociales en los que figure.
De este modo la Primera Sección de la Corte falló a favor del recurso presentado por una persona transexual de 45 años que se negó a operarse porque desde hace 25 años ha alcanzado un "equilibrio psicofísico" y "vive y es socialmente reconocida como mujer".
Así lo explicó en un comunicado la asociación "Rete Lenford", encargada de la defensa de dicha persona, que calificó la sentencia de "histórica".
La persona que presentó el recurso había acudido en primera instancia al tribunal de Piacenza y en apelación al de Bolonia para pedir "la rectificación de su estado civil a pesar de la ausencia de operación quirúrgica" en sus órganos genitales.
Ambas sedes judiciales rechazaron su petición alegando la jurisprudencia hasta hoy en vigor que "subordinaba la modificación de los documentos del registro civil a la efectiva y concreta ejecución de una operación quirúrgica" sobre los órganos genitales.
Una cuestión zanjada este lunes por el Supremo que estipuló que la definición de género no requiere "el sacrificio del derecho a la conservación de la propia integridad física".
La presidenta de la citada asociación, María Grazia Sangalli, expresó su satisfacción por la sentencia que "finalmente ha aclarado que la operación quirúrgica de reasignación -cuando no es fruto de una elección personal- es un instrumento lesivo de la integridad física y de la dignidad humana".

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