La Asociación de
Transexuales de Andalucía, pide que el Ministerio del Interior reconsidere la
deportación de Yasira, una mujer transexual Panameña, cuya integridad física
corre peligro si es deportada a su país.
Yasira,
una transexual de 29 años a quien la Policía de Panamá detuvo por primera vez
cuando apenas tenía 17 años. Era el año 2000, y los agentes la rociaron con gas
pimienta, la tiraron al suelo y le dieron patadas, la sometieron a descargas
eléctricas... Estuvo encerrada dos semanas. Hasta que su madre pagó por ella
una multa de 300 euros y quedó en libertad. Su único delito era ser una mujer
transexual, algo que está prohibido en este país centroamericano.
Yasira
ha sido víctima de abusos, coacciones, amenazas y agresiones físicas y sexuales
por parte de las autoridades policiales de su país en numerosas ocasiones en
los últimos 13 años, así como de discriminación social.
Hace
unos días decidió huir. La situación "era insostenible en Panamá".
Yasira llegó al aeropuerto de Barajas (Madrid) el pasado día 7 y pidió asilo
por persecución en su país debido a su identidad sexual. La solicitud fue
denegada por el Ministerio del Interior de España, al igual que la cautelarísima
que solicitó su abogada para paralizar la expulsión, hoy miércoles, a las 11.50 horas, será deportada
y enviada de vuelta a Panamá, donde su vida corre peligro, a pesar de que el
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) emitió un
informe favorable para que se admitiera a trámite la petición de asilo.
La
ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, recoge
en sus artículos 3 y 7, las condiciones
para el reconocimiento de la condición de
refugiado, entre las que se encuentran: la pertenencia a un grupo determinado
social y a la identidad sexual.
El
Estado Español se adhirió a la Convención de Ginebra de 1951 en 1978 que junto
con el Protocolo de Nueva York de 1967, define a la persona refugiada como
aquella que tiene fundados temores de ser perseguida por motivos de raza,
religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones
políticas, se encuentra fuera de su país de nacionalidad y no puede o -a causa
de dichos temores- no quiere acogerse a la protección de tal país.
El
principio de no devolución es la prohibición impuesta a los Estados por el
Derecho Internacional de la expulsión o devolución de una persona al territorio
de cualquier país en el que su vida o su libertad se encuentren amenazadas, o
pudiera sufrir tortura, tratos inhumanos o degradantes u otras transgresiones
de sus derechos humanos.
“España
ha destacado por la defensa de los derechos de las personas LGBT y ha sido considerada como referente mundial en el
ámbito de los derechos humanos. Deportar a esta mujer a su país es condenarla
a una muerte segura”, declara Mar
Cambrolle, presidenta de ATA.
Desde
la Asociación de Transexuales de
Andalucía, hacemos un llamamiento a la sociedad civil, partidos políticos,
organizaciones sociales y LGTB, para que condenen públicamente estos hechos.
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