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jueves, 21 de julio de 2016

Avanza la reglamentación de la Ley de Cupo Laboral Trans en la Provincia: "Es única en el mundo"


Organizaciones se reunieron con la Provincia para acordar cómo se implementará en la administración bonaerense y los municipios. La llamada "Ley Diana Sacayán" otorga un 1 por ciento de empleos a trans y travestis.

Organizaciones de defensa de los derechos trans lograron esta semana un avance en la camino a la reglamentación de la Ley de Cupo Laboral Trans que otorga un 1 por ciento de empleos públicos en la provincia y los municipios para trabajadoras transexuales, travestis y transgénero.

En los últimos días, el secretario de Derechos Humanos, Santiago Cantón, recibió a un grupo de organismos y asociaciones para avanzar en la implementación de la norma, que fue impulsada por la militante Diana Sacayan, asesinada el año pasado. Según prometió el funcionario, se "enviará un borrador a cada una de las organizaciones para que se consensúe con ellos la reglamentación  y luego tendremos otra reunión”.

“Es una ley única en el mundo, es la primera y la única con estas características”, explicó Claudia Vázquez Haro, titular de la organización Otrans de La Plata que junto a otras organizaciones participó de la primera reunión convocada por la Secretaría de Cantón. Según contó, la comunidad travesti y trans vive una "extrema exclusión" y ha sido "relegada a la prostitución, que no es un trabajo, sino el resultado de los estados, el mercado y un cierto sector de la sociedad civil que ha acompañado ese lugar de la exclusión". 

La Ley 14.783 estipula que “el sector público debe ocupar, en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”, incluyendo “el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación”. Además, se debe “establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.

Esta ley rige tanto para el Estado Provincial como para “sus organismos descentralizados, las empresas del estatales, las municipalidades, personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por Ley, las empresas subsidiadas y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos”.

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