En diciembre de 2012, el grupo parlamentario deIzquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía (IULV-CA) presentaba ante el Parlamento autonómico un proyecto de ley para la no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía. Este gesto suponía el primer paso para conseguir una ley pionera en toda Europa, que recogiese las reivindicaciones de los colectivos de transexuales de la comunidad y les garantizase legalmente derechos igualitarios como ciudadanos. Unos meses después, el texto era retirado por la diputada parlamentaria de IU Alba Doblas, debido a las dudas que generaban entre los propios grupos de Gobierno algunos de los artículos referidos a los menores transexuales y a las cuestiones sanitarias de los procesos de asignación de género. Un informe desfavorable que partía de la vicepresidencia, ocupada por Susana Díaz (PSOE) en aquellos momentos, y al que los colectivos nunca tuvieron acceso, paralizaba las negociaciones durante algunos meses.
A inicios de noviembre, seis activistas andaluzas anunciaban una huelga de hambre ante el Parlamento de Andalucía si no era desbloqueada la ley y se propiciaba un plan para su implementación real en un plazo determinado. El día antes de comenzar la huelga, 7 de noviembre, se convocaba una mesa de diálogo entre el gobierno andaluz, los grupos parlamentarios citados, ALEAS (Área de Libertad de Expresión Afectiva Sexual de IU), la Asociación de Transexuales de Andalucía Silvia Rivera (ATA), de Sevilla, y Conjuntos Difusos, de Granada, redactores del proyecto. Esta nueva negociación ha servido para acordar que la ley se registrará en el Parlamento antes del 15 de diciembre de este año y, a pesar de los avatares sufridos por el borrador, “se va a presentar íntegramente el texto original, con el compromiso de los grupos parlamentarios de que no podrá menoscabarse en el proceso de alegaciones”, según explicaba a DIAGONAL Mar Cambrollé, presidenta de ATA.
El carácter pionero del borrador, basado en la ley argentina de autodeterminación de género, viene a recoger la necesidad de medidas para la igualdad efectiva con la creación de un marco jurídico que sirva para evitar la discriminación de las personas transexuales, intersexuales o intergénero en ámbitos sociales, sanitarios, laborales y educativos. Los puntos más relevantes de la ley, según Cambrollé, son “la libre autodeterminación del género y la despatologización del proceso de asignación, con la eliminación de los test psiquiátricos, así como la descentralización de la atención ambulatoria y hospitalaria, y la inclusión de medidas para el tratamiento de los menores trans”.
Propuestas sanitarias
Los artículos relacionados con la cuestión sanitaria han sido el caballo de batalla de los distintos colectivos de transexuales que han participado en el diálogo, siendo éstos los que en su día sirvieron como excusa para paralizar el proceso. La actual unidad hospitalaria que centraliza los casos de transexualidad en Andalucía, la Unidad de Transexualidad e Identidad de Género (UTIG) del Hospital Carlos Haya de Málaga, había sido denunciada en numerosas ocasiones por sus prácticas. “Cuestionarios insultantes, hacerte sentir como una persona enferma, violación continua de la intimidad o absoluta dependencia en el proceso de asignación por parte de los especialistas” son algunas de las cuestiones denunciadas desde ATA. Como reconocía Daniel Sánchez, de ALEAS, “no era normal que se siguieran aplicando protocolos patologizantes en este hospital que se usan desde los años 60”. Estos protocolos se utilizan en las unidades hospitalarias “bajo cuerda, ya que en su momento se determinó que incumplían los derechos humanos en referencia a la identidad de género”, explicaba Cambrollé.
Con la aplicación de la ley desaparecen los test psiquiátricos; las personas serán responsables de su proceso de autodeterminación y se abre también la vía para la descentralización hospitalaria. Según recoge el texto, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) creará las condiciones propicias para que haya una atención especializada en los hospitales andaluces, dejando sólo la UTIG del Hospital Carlos Haya de Málaga para el proceso quirúrgico de reasignación, evitando desplazamientos innecesarios para simples controles o procesos de hormonación. “Si a un hombre con una ginecomastia (crecimiento de las glándulas mamarias) se le opera en cualquier hospital, ¿por qué nosotras necesitamos una unidad específica?”, se preguntaba Mar Cambrollé, señalando la discriminación que supone la presencia de unidades específicas para realizar tratamientos que en realidad se están practicando en cualquier hospital para tratar otras patologías.
Protección para los menores
El otro punto candente es la inclusión de medidas para asegurar la no discriminación de niños y niñas transexuales. Entre ellos, también la cuestión sanitaria ha sido la más controvertida. Se incluye en la ley la posibilidad del uso de inhibidores hormonales en la pubertad, un momento crítico del desarrollo en el que, en muchas ocasiones, se dan problemas de rechazo en los más jóvenes. Según la presidenta de ATA, es una manera de detener los problemas psicológicos que aparecen en algunos niños y niñas que desde pequeños tienen claro cuál es su género, pues “el 80% de adolescentes trans piensan en el suicidio cuando comienzan el desarrollo”. Además de la inclusión de estos inhibidores, el apoyo a los padres y madres de las adolescentes constituye uno de los puntos más innovadores de esta legislación.
La pionera ley argentina de identidad de género
El 9 de mayo de 2012 se aprobaba la Ley de Identidad de Género en Argentina, convirtiéndose en la primera que no consideraba la condición trans como una enfermedad y en una de las leyes más avanzadas del mundo en cuanto a libertades y derechos para el colectivo LGBT. Esta ley permite a las personas transexuales acceder a la rectificación de sus datos registrales mediante un procedimiento rápido y sencillo, sin pasar por una instancia judicial. Tampoco establece como requisito el diagnóstico médico de ningún tipo. Además, hace que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género elegida pasen a estar incluidos en el Plan Médico Obligatorio, lo que garantiza una cobertura de dichas prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado.
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