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sábado, 30 de mayo de 2015

Argentina: avances en el acceso a la salud de personas trans

La Presidenta entrega los primeros documentos a personas trans  

29/05/15
El Poder Ejecutivo reglamentó mediante el decreto 903/2015 el artículo 11 de la Ley 26.743 de Identidad de Género, referido al acceso integral a la salud de las personas trans. A poco de cumplirse el tercer aniversario de la sanción de dicha ley, el INADI celebra esta iniciativa por considerar que constituye la ratificación y consolidación del reconocimiento de derechos hacia una población que ha sido históricamente vulnerabilizada, patologizada y estigmatizada.

En base al consentimiento informado, la normativa contempla el derecho de todas las personas trans a solicitar el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y/o parciales y tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, desde la perspectiva de salud integral.

Esta normativa se ha convertido en referente internacional, en tanto demuestra que es posible alcanzar una perspectiva despatologizante tanto en el plano jurídico como en el acceso a sanidad específica para la población trans, en todos los niveles de atención. Con este decreto reglamentario, se “establece que las prestaciones allí mencionadas serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y, asimismo, que los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas, garantizando en forma permanente los derechos reconocidos por la ley objeto de la presente reglamentación”.

Asimismo, el decreto faculta al Ministerio de Salud de la Nación a dictar normas complementarias y aclaratorias para la aplicación de esta reglamentación, y establece que dicha cartera deberá “coordinar e implementar un programa de capacitación, actualización y sensibilización para los profesionales de la salud del sub sector público, a fin de poder dar respuesta al abordaje integral de la salud y a las intervenciones y tratamientos, dispuestos por el artículo 11 generando recomendaciones que propicien la implicación de las universidades formadores en ciencias de la salud”.

Por otra parte, a través del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, que funciona en la órbita de la Secretaría de Salud Comunitaria, se realizarán campañas de difusión para promover el acceso a la salud integral.

El Decreto 903/2015, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y el Ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollán, constituye una nueva conquista en la consolidación de una democracia inclusiva, que reconoce la igualdad de derechos y oportunidades para sus ciudadanos y ciudadanas. Es también la cristalización del trabajo articulado entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil en el camino hacia una sociedad libre de discriminación y la puesta en valor de la diversidad.

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