La administración nacional extendió el seguro de desempleo a
travestis y transexuales, para que esas personas no terminen "en el ejercicio de
la prostitución como principal medio de subsistencia". El Ejecutivo entiende que
este colectivo “conforma una de las poblaciones más vulneradas de nuestra
sociedad” es por ello que con la medida prevén "mejorar las condiciones de
empleabilidad y apoyar la inserción en empleos de calidad de trabajadoras y
trabajadores". La resolución, también contempla a las mujeres víctimas de
violencia doméstica. El Ministerio de Trabajo, a través
de dos resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, extendió el seguro de
desempleo a travestis y transexuales. La medida contempla además a las mujeres
que sean víctimas de violencia doméstica.
Según la cartera laboral, esta decisión tiene como objetivo "mejorar las condiciones de empleabilidad y apoyar la inserción en empleos de calidad de trabajadoras y trabajadores".
Además, busca "promover la inclusión laboral y la igualdad de oportunidades en la obtención y permanencia en un empleo, atendiendo a la situación de vulnerabilidad de la población travesti, transexual y transgénero".
"Las personas del colectivo travesti, transexual y transgénero conforman una de las poblaciones más vulneradas de nuestra sociedad", advirtió el ministerio.
Y añadió que la mayoría de esas personas "vive en extrema pobreza, posee un bajo nivel de instrucción educativa y de formación para el empleo y tiene un escaso acceso a las instituciones de salud, todo ello producto del peso de la discriminación y el estigma social que también obliga a una inmensa mayoría al ejercicio de la prostitución como principal medio de subsistencia".
Otra resolución, también publicada este martes, dispuso extender "la cobertura prevista por el Seguro de Capacitación y Empleo a las mujeres que sean víctimas de violencia doméstica".
A este tipo de violencia se la definió como "toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal".
El texto aclaró que la violencia doméstica deberá ser acreditada por un "organismo público nacional, provincial o municipal, o por una organización de la sociedad civil con trayectoria en la temática o en la prestación de servicios sociales; o a través de la presentación por parte de la víctima de exposición o denuncia realizada sobre su padecimiento ante autoridad competente".
Según la cartera laboral, esta decisión tiene como objetivo "mejorar las condiciones de empleabilidad y apoyar la inserción en empleos de calidad de trabajadoras y trabajadores".
Además, busca "promover la inclusión laboral y la igualdad de oportunidades en la obtención y permanencia en un empleo, atendiendo a la situación de vulnerabilidad de la población travesti, transexual y transgénero".
"Las personas del colectivo travesti, transexual y transgénero conforman una de las poblaciones más vulneradas de nuestra sociedad", advirtió el ministerio.
Y añadió que la mayoría de esas personas "vive en extrema pobreza, posee un bajo nivel de instrucción educativa y de formación para el empleo y tiene un escaso acceso a las instituciones de salud, todo ello producto del peso de la discriminación y el estigma social que también obliga a una inmensa mayoría al ejercicio de la prostitución como principal medio de subsistencia".
Otra resolución, también publicada este martes, dispuso extender "la cobertura prevista por el Seguro de Capacitación y Empleo a las mujeres que sean víctimas de violencia doméstica".
A este tipo de violencia se la definió como "toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal".
El texto aclaró que la violencia doméstica deberá ser acreditada por un "organismo público nacional, provincial o municipal, o por una organización de la sociedad civil con trayectoria en la temática o en la prestación de servicios sociales; o a través de la presentación por parte de la víctima de exposición o denuncia realizada sobre su padecimiento ante autoridad competente".
http://www.analisisdigital.com.ar/noticias.php?ed=1&di=0&no=183634
1 comentario:
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