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miércoles, 1 de octubre de 2014

EL COLECTIVO TRANS LOGRA UNA LEY PIONERA EN LA AUTODETRIMINACIÓN DE GÉNERO QUE DESPATOLOGIZA LA TRANSEXUALIDAD

Articulo: Lucia Vargas (Asamblea de Mujeres Diversas) publicado en El Topo

Aprobada y en vigor la Ley para lo no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía

Los escollos a su implementación residen en que necesita ser desarrollada con protocolos, procedimientos y reglamentos.

El 25 de Junio pasado fue una fecha clave para los derechos de las personas transexuales, así como para el resto de la ciudadanía: se aprueba en el Parlamento andaluz una ley que libera por fin a este colectivo de la tutela médica, reconociendo a las personas transexuales el derecho a autodeterminar el propio género sin diagnostico previo ni condiciones de ningún tipo. Una ley de similar importancia y relevancia a lo que en su momento supuso el matrimonio igualitario para la equiparación de gays y lesbianas al resto de la población, aunque no esté teniendo tanto reconocimiento ni atención mediática. El texto, que entró en vigor el 19 de Julio de 2014, ha nacido directamente del trabajo y la presión ejercida por el movimiento trans, representado por la Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA-Sylvia Rivera), y Conjuntos Difusos (Autonomía Trans). Un trabajo iniciado por ATA-Sylvia Rivera hace cinco años que finalmente logró el consenso de todos los partidos políticos del Parlamento andaluz, pero que ha sido apoyado y defendido principalmente por el grupo de IU-LV-CA y su Área de Libertad de Expresión Afectivo-Sexual (ALEAS).

Hablamos con Mar Cambrollé – presidenta de la ATA y persona clave en este proceso-, que nos cuenta el cansancio y el desgaste emocional que ha supuesto la lucha por la aprobación de la ley. Al
mismo tiempo, expresa su satisfacción por haberlo logrado ya que se trata de un texto pionero a nivel internacional que aborda los derechos de las personas transexuales de forma integral, contemplando distintas áreas como la atención sanitaria, el ámbito educativo, el ámbito de la acreditación legal de la identidad o el terreno laboral y social, situando al colectivo trans por primera vez en igualdad de derechos con el resto de la población. Por dos veces las asociaciones tuvieron que amenazar con iniciar huelgas de hambre porque el proceso de tramitación se paralizaba. En estas dificultades ha tenido bastante que ver el grupo parlamentario del PSOE: primero puso objeciones al borrador presentado por los colectivos e IU y finalmente, se sumó a la iniciativa cuando empezaba a tramitarse en el Parlamento.
Tanto Mar Cambrollé (de ATA-Sylvia Rivera) como Pablo Vergara (de  Conjuntos Difusos) muestran su convencimiento de que los reparos del PSOE a la ley se debieron en gran medida a la cuestión de la atención sanitaria. De hecho, el articulado de la ley recoge finalmente una disposición adicional primera donde se garantiza la existencia de una unidad de atención sanitaria en materia de transexualidad, punto al cual se han opuesto los colectivos. Estos defienden la descentralización de esta atención y la equiparación de las personas transexuales con la población general en el acceso a la cartera de servicios médicos del Sistema Andaluz de Salud para hacer frente a sus necesidades.  

El texto, que entro en vigor el 19 de julio, ha nacido directamente del trabajo y la presión ejercida por el movimiento trans, representado por la Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA-Sylvia Rivera) y Conjuntos Difusos (Autonomía Trans)

La atención especializada existe desde hace 14 años en la Unidad de Transexualidad de Identidad de Género (UTIG) del Hospital Carlos Haya de Málaga. Esta unidad supuso en su día un avance respecto a la inexistencia de cobertura pública para las atención a las personas trans incluidas las cirugías de reconstrucción genital, pero con los años se ha convertido en una fuente de sufrimiento y queja para gran parte del colectivo transexual. “Primero porque segrega” –afirma Cambrollé-, y la segregación implica una estigmatización ; y segundo, porque nos patologiza, porque usa nos procedimientos arcaicos y que entienden que transexualidad es un trastorno de la identidad y, por tanto, están basados en descartar “patologías mentales”, lo cual es altamente discriminatorio porque sitúa a todas las personas transexuales como sospechosas de ser enfermas mentales”. Para Cambrollé, la UTIG de Málaga ha venido “vulnerando sistemáticamente en sus procedimientos y praxis los derechos a la intimidad, al honor y, el más importante, a la dignidad” de las personas transexuales a través del examen psicológico evaluativo que ha sido necesario para acceder a los tratamientos hormonales y quirúrgicos (por este orden obligatoriamente). En estos exámenes se realizan Tes. Humillantes que se concretan en preguntas como: “¿te tocas?”, “¿que relaciones sexuales tienes?”, “¿tus padres tienes relaciones sexuales?, ¿con qué frecuencia?, ¿son satisfactorias o no?”, “¿te gusta ser bombero o azafata?”, “¿te gusta el color rosa o celeste?”. Sus procedimientos vulneran declaraciones internacionales de derechos humaos como los Principios de Yogyakarta (2007), el informe temático Derechos humanos e identidad de género del comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa (2009) y la Resolución del Consejo de Europa 1728 (2010) sobre discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género, en la que se afirma que el derecho al reconocimiento legal de género no debería ser restringido por ningún procedimiento médico obligatorio.
 
Mar explica además que “las personas transexuales, al contrario de lo que nos ha hecho creer el discurso biomédico, no necesitamos tratamientos específicos. Todos los tratamientos que recibimos, desde los tratamientos hormonales a los quirúrgicos, son requeridos en numerosa ocasiones por el resto de la población no transexual. Basten estos ejemplos: una mujer que tiene el síndrome premenopáusico necesita estrógenos, los mimos que necesita una mujer transexual; una mujer con hirsutismo, exceso de bello facial y corporal, es tratada por la sanidad pública con antiandrógenos, los mismos que usan las mujeres transexuales; un hombre que desarrolla ginecomastia, que es aumento de mama, se enfrenta a los mismos problemas que un hombre transexual. Y en ninguno de estos casos, para obtener estos servicios sanitarios, las mujeres y hombres no transexuales, son segregadas a ninguna unidad especial ni son sospechosas de ser enfermos/as mentales, por tanto, se vulnera el principio de igualdad y de no discriminación. Yo creo la psiquiatría debe apartarse y no intervenir en los procesos de atención a personas transexuales como una obligación impuesta. Nos ha hecho daño el discurso biomédico que ha patologizado la transexualidad difundiendo conceptos que han perpetuado y perpetúan la discriminación y nuestra consideración como seres de segunda categoría, como personas que viven “en un cuerpo equivocado”, como “hombres atrapados en el cuerpo de una mujer y viceversa”… Todos estos conceptos los ha difundido el discurso biomédico, negando la transexualidad como una expresión de la diversidad humana”.

Las personas transexuales, al contrario de lo que nos ha hecho creer el discurso biomédico, no necesitamos tratamientos específicos

Otra de las condiciones que impone la UTIG, como hemos comentado, es un determinado orden el proceso de readecuación del género sentido. Primero hay que superar la evaluación psicológica (desde ATA nos comentan que hay personas que se han llevado dos años y tres en esta etapa), después viene el acceso al tratamiento hormonal (dos años) y finalmente las intervenciones quirúrgicas. En los hombres transexuales esta operación viene acompañada de forma “obligatoria” por una histerectomía, es decir, por un vaciado de los órganos genitales. Las asociaciones defienden que los procedimientos no estén estandarizados de esta forma. Por ejemplo, un hombre transexual prefiera probablemente acceder primero a la mastectomnía y después al tratamiento hormonal, porque de lo contrario, el tener mamas cubiertas de vello le impedirá mantener relaciones íntimas o ir al gimnasio o la playa. La histerectomía, por otra parte, debería de ser opcional y no “obligatoria” como lo ha sido hasta ahora. Esta esterilización obedece según Cambrollé a “una concepción binaria y excluyente de las posibilidades  que nuestra biología como seres diversos no ofrece”. Y está sustentada, básicamente, para que un hombre transexual no pueda tener hijos.

 Todos estos conceptos los ha difundido el discurso biomédico porque niega la transexualidad como una expresión de la diversidad humana

Con la nueva ley, priman los criterios de proximidad entre las personas usuarias y los centros sanitarios, el acceso a la cartera básica de servicios del SAS por las personas transexuales, así como la elección por parte las personas de los tratamientos que desean o no recibir (por ejemplo, hormonación pero no necesariamente operación de cirugía genital). Esa es una cuestión que las asociaciones van a tener que seguir peleando y negociando con las autoridades sanitarias hasta que se desarrolle el procedimiento en el capitulo sanitario de la ley; por ejemplo, se sigue remitiendo a las personas a la UTIG de Málaga. Desde ATA piensan seguir presionando para que se desarrolle a la mayor celeridad el procedimiento sanitario y se haga en colaboración con las asociaciones de personas transexuales, tal y como recoge obligatoriamente la ley. Para Conjuntos Difusos, sin embargo, el hecho de que la ley necesite de desarrollos posteriores, así como la inclusión de la disposición adicional, constituyen razones suficientes para abandonar las negociaciones.  

La Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA-Sylvia Rivera), decidida a exigir que los profesionales de la UTIG pidan perdón por el daño ocasionado y sean retirados de la atención a personas transexuales.

Mar Cambrollé lo explica con claridad haciendo uso de símiles: “¿tu crees que una persona que ha tenido una concepción patológica de la transexualidad, que tiene publicado montones de artículos, e informes donde entiende la transexualidad como un trastorno de la identidad, por ley va a cambiar su forma de pensar…? Pues no.
¿Pondríamos de  directora de IAM a una mujer que haya defendido la supremacía del hombre o que haya justificado que a una mujer de vez en cuando se merece una paliza? No, ¿verdad? Ni  pondríamos de responsable de inmigración a una persona que sea racista. Pues no podemos dejar a estos “profesionales” que nos han patologizado – y que en sus publicaciones han defendido esta visión de la transexualidad como una patología mental y no como una expresión más de la diversidad humana- sigan teniendo poder sobre nosotras/os. En este sentido, no vamos a bajar la guardia y vamos a pedir el perdón publico y que se aparte a estos “profesionales” de la atención sanitaria a personas trans”.

Otro de los aspectos de la ley con el que está en desacuerdo Conjuntos Difusos es en la acreditación legal de la identidad. La ley ha dispuesto que las personas transexuales puedan acceder a una tarjeta con la identidad de género elegida que seria valida ante la administración andaluza y serviría para cambiar todos los registros en el ámbito andaluz donde aparezca el nombre y sexo de la persona transexual. El uso de esta acreditación específica requerirá un desarrollo reglamentario de la ley. Para Conjuntos Difusos, este trámite debería poder realizarse directamente con una certificación. Mientras tanto, además, serán las asociaciones las que tendrán que seguir ejerciendo presión sobre las distintas administraciones andaluzas, caso por caso.
El único protocolo que por el momento se ha aprobado es el de educación: aunque el consejero se comprometió a que estuviera listo para implementarse en el curso 2014-15, todavía no ha sido firmada la orden. Esto obliga a las asociaciones ATA y Chrysallis, por ejemplo, a seguir asesorando a centros educativos  que desconocen la ley y ponen reparos a que los menores, debidamente representados por sus tutores legales, puedan expresarse, vestirse y ser tratados de acuerdo a la identidad de género sentida, que el nombre designado por ellxs aparezca en la listas de clase o en los boletines de nota, o que se les permita utilizar los servicios y vestuarios de los centros en coherencia al género que viven y expresan.

En el ámbito sociolaboral –en el que las personas transexuales sufren una fuerte discriminación- , para la ATA va demandar la puesta en práctica de acciones positivas para el acceso al empelo: descuentos en la Seguridad Social para las empresas que les contraten o reservas de empleo en la administración pública y las empresas subcontratadas.


Se abre ahora un periodo interesante y decisivo en el se revelará si el Gobierno andaluz tiene realmente intención de hacer efectiva la ley, desarrollando los reglamentos y protocolos necesarios, o pretende que se quede en un gesto a la galería sin contenido real. Estamos seguras que desde la ATA y Conjuntos Difusos van a seguir “peleando” para que la reforma –que es muy positiva para el colectivo transexual y viene a reconocer lo que se consideran un derecho humano fundamental, la autodeterminación de género- vaya hacia delante. 

4 comentarios:

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