El próximo 2 octubre a las 10:45 hora en Calabria 169 en Barcelona
Después que la trabajadora haya recibido la carta de despido de la empresa Cotessa S.A. Los servicios jurídicos de U:G.T en representación de la trabajadora presentarán en el servicio de conciliación el acta de conciliación con el fin de evitar la presentación de la demanda en el juzgado de lo social correspondiente.
La transfobia laboral es una de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución. Es una violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador el cual es motivo de un despido nulo y sus consecuencias: Readmisión inmediata del trabajador en el puesto que venía desempeñando y abono de los salarios dejados de percibir.
La violencia en el trabajo abarca una amplia variedad de comportamientos, que van desde el maltrato físico al maltrato psicológico. Tradicionalmente, la atención se ha centrado en la violencia física, pero cada vez se reconoce más el impacto y el daño que causa la violencia psicológica. Y otro tanto cabe decir contra la violencia perpetrada mediante la repetición de un comportamiento inaceptable, tal como el acoso sexual, la intimidación o la coacción.
Carmen desde que comunicó a su empresa, donde lleva trabajando 5 años, que comenzaba el proceso de transición de género ha sufrido insultos y vejaciones que podríamos resumir como maltrato y acoso laboral.
Hasta el momento que dijo que era una persona transexual fue respetada y no sufrió discriminación de ningún tipo, pero todo cambió inexplicablemente cuando la empresa supo que comenzaba un proceso de reasignación de género.
Es por ello, que Carmen ha presentado una demanda judicial para defender su derecho a trabajar sin sufrir agresiones de ningún tipo. La Constitución prohíbe la discriminación por razón de sexo como la que está sufriendo Carmen.
El estado de derecho nos ampara, por ello, es necesario acudir a las autoridades laborales para denunciar tales situaciones por muy desalentador o complicado que parezca para no dejar en ningún caso impune a las personas que realizan estas prácticas puesto que la única manera de erradicarlas es mediante la concienciación de la sociedad y mas concretamente de los tribunales de la existencia y reiteración de las mismas hacia nuestro grupo.
No existe una relación directa entre genero y trabajo, tanto hombres como mujeres son igual de capaces para desempeñarse laboralmente, y cuando una transexual decide realizar su proceso de cambio no debería de afectar su empleo ya que no está cambiando su capacidad de trabajo ni eficiencia, simplemente está adecuando su cuerpo a su mente para poder tener una vida mas plena. Nadie eligió ser transexual, es algo que se da desde el desarrollo fetal y que por ciertas circunstancias el cerebro no se diferenció correctamente y se nace con un cerebro anatómicamente y funcionalmente del género opuesto al sexo.
No es una forma de vivir, ni una desviación, es la naturaleza propia de la transexual y únicamente lo que hace es corregir esa disforia que existe entre su mente y su cuerpo, pero cuando se comienza a realizar esta corrección lo que muchas veces se obtiene es el rechazo social, algunas ocasiones familiar y laboral. Una transexual no es menos capaz, nuestras capacidades laborales no se ven disminuidas por nuestro proceso de cambio, por el contrario, al realizar y estar en el proceso de cambio hay una mejor aceptación propia que puede llevar a un mejor rendimiento y mejora sentimental, emocional, laboral, etc.
Aunque no todo es así, hay empresas donde los propietarios o los encargados de estas son gente preparada, culta y con una mentalidad abierta donde se les permite realizar su proceso de cambio por que tienen el conocimiento de que eso no afectara su calidad de trabajo, son empresas donde la vida privada del empleado y sus decisiones propias son respetadas, donde el respeto al individuo es algo primordial y las garantías individuales son respetadas. En los casos contrarios a estos, lo recomendable sería aplicar la ley, valerse de la Constitución y leyes que la desarrollan para prevenir y eliminar la discriminación y acudir a la junta de conciliación y arbitraje para informar sobre la injusticia cometida y para que se tomen medidas en contra de los responsables.
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