
La ley permite hacerlo, además, independientemente de que las mujeres hayan contraído o no una unión civil, tal y como ya sucede con las parejas heterosexuales. La fórmula elegida no deja de resultar discutible desde el punto de vista meramente “lingüistico”. Se mantiene el término mother (madre) para designar a la madre gestante, mientras que para la madre no gestante se utiliza, en lugar de mother, el término parent, una palabra inglesa cuyo uso en inglés es neutro (distinta a mother y father y válida para ambos géneros).
Sea como sea, el nuevo marco legal británico, que en su momento recibió las críticas de los sectores más conservadores, supone un gran avance que afianza la seguridad jurídica a las familias homoparentales.
La FELGTB ya pidió a España seguir el ejemplo británico
Como también recogimos en septiembre, la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) ha reclamado al Gobierno español seguir el ejemplo del Reino Unido, que en este punto se coloca por delante de España, donde sólo se permite la filiación automática de los menores si las madres han contraído matrimonio. En el resto de los casos, la madre no gestante debe recurrir a un procedimiento de adopción, algo que no sucede con las parejas heterosexuales en las que basta que un varón se identifique como padre.
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